El Reporte de Autogestión del Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV) es un documento obligatorio para las organizaciones que deben implementar este plan en Colombia. Su objetivo es evaluar el desempeño de las acciones de seguridad vial, medir indicadores de gestión y evidenciar avances en la prevención de siniestros viales. Este reporte debe elaborarse con información consolidada hasta el 31 de diciembre de cada año y presentarse, sin excepción, antes del 31 de enero del año siguiente. El cumplimiento oportuno es fundamental para evitar sanciones y demostrar la aplicación efectiva del PESV dentro de la organización.
Fechas oficiales de reporte
31 de diciembre de cada año: cierre del período evaluado.
31 de enero de cada año: fecha límite para presentar el Reporte de Autogestión del PESV ante la autoridad competente.
¿Quiénes deben presentar el reporte? Están obligadas todas las empresas y entidades públicas o privadas que implementen un PESV, entre ellas:
• Empresas de transporte público y privado en cualquiera de sus modalidades.
• Organizaciones que utilicen vehículos para el desarrollo de sus actividades.
• Entidades relacionadas con tránsito, movilidad e infraestructura vial.
• Sociedades portuarias, operadores de terminales y concesionarios viales.
• Empresas certificadas bajo la norma ISO 39001.
La verificación del cumplimiento corresponde, según el caso, a la Superintendencia de Transporte, los organismos de tránsito y el Ministerio de Trabajo.
Contenido mínimo del Reporte de Autogestión PESV. El informe debe reflejar de forma clara y verificable:
• Resultados de los indicadores de seguridad vial.
• Número de siniestros viales registrados.
• Mantenimientos preventivos de la flota vehicular.
• Capacitaciones realizadas en seguridad vial.
• Infracciones o sanciones asociadas al tránsito.
• Medidas de control, seguimiento y planes de mejora.
Presentación del reporte. El Reporte de Autogestión debe enviarse antes del 31 de enero a través del sistema SISI/PESV o por los canales oficiales definidos por la autoridad laboral. Es clave realizar una revisión interna previa para asegurar la coherencia y veracidad de la información reportada.
Consecuencias por no presentar el reporte. El incumplimiento en la presentación del Reporte de Autogestión del PESV puede generar:
• Sanciones económicas.
• Restricciones operativas en casos graves.
• Pérdida de certificaciones en seguridad vial.
Cumplir con esta obligación no solo evita sanciones, sino que fortalece la gestión preventiva y la cultura de seguridad vial en las organizaciones.